1. Denominación:
Graduado o Graduada en Química por la Universidad de Castilla – La Mancha (aprobado en B.O.E. 26 de julio de 2021, Enlace al Registro de Universidades, Centros y Títulos).
- Rama de Conocimiento: Ciencias
- Naturaleza Institución: Pública
- Naturaleza Centro: Centro Propio
Profesiones reguladas para las que capacita el título: las que están reconocidas para la actual Licenciatura de Química: Art. 1, Decreto 2-9-1955 (BOE de 25 de Septiembre de 1955); Art. 2 del Decreto 2281/1963 de 10 de Agosto (BOE de 9 de Septiembre de 1963); Art. 4 del Decreto de 2 Septiembre de 1955; Art. 8 del Decreto de 7 de Julio (BOE de 4 de Agosto de 1944); Real Decreto 1-163/2002 de 8 de Noviembre (BOE 15-11-2002). Además, RD 1754/1998 de 31 de Julio (BOE de 7-8-1998); RD 1837/2008, transposición de la Directivas 2005/36/CE y 2006/100/CE sobre la profesión de Químico. Toda esta legislación está vigente actualmente. En el momento actual, tras el análisis de la inserción laboral recogida en el Libro Blanco (ANECA) en el mercado laboral se encuentran varios perfiles profesionales, destacamos algunos de ellos:
- Industria Química Básica y Materias Primas
- Industria Química Fina y Farmacéutica
- Gestión y Control de Calidad de Procesos y Productos
- Desarrollo e innovación de Procesos y Productos
- Sector Agroalimentario y Seguridad alimentaria
- Procesado de Alimentos y Bebidas
- Salud pública y Análisis Hospitalarios
- Sector Agropecuario; Alimentos, Fertilizantes y Fitosanitarios
- Comercialización, Comunicación y Marketing
- Asesoría Legal, Científica y Técnica
- Enseñanza Superior y no Universitaria
- Lengua: Castellano e Inglés
2. Universidad solicitante y centro:
Universidad de Castilla – La Mancha. Facultad de Ciencias y Tecnologías Químicas.
3. Tipo de enseñanza:
Presencial.
4. Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas:
100
5. Número de créditos y requisitos de matriculación:
5.1. Número de créditos del título:
240, distribuidos en 4 cursos (60 por curso).
5.2. Número mínimo de créditos europeos de matrícula por estudiante y periodo lectivo, y en su caso, normas de permanencia:
Están fijados por normas de la Universidad, según se resume a continuación. El documento completo puede encontrarse en:
https://e.uclm.es/servicios/doc/?id=UCLMDOCID-12-129
5.2.1. REQUISITOS DE MATRICULACIÓN:
1. La matrícula mínima por curso académico será de 60 ECTS, para el estudiantado a tiempo completo de primer curso y de un mínimo de 30 ECTS para los cursos restantes, salvo que les quede un número inferior de créditos para finalizar los estudios.
2. Los/las estudiantes podrán matricularse a tiempo parcial o a tiempo completo. En caso de matrícula a tiempo parcial deberán matricularse de un mínimo de 30 ECTS en primer curso.
3. Los/las estudiantes que cursen estudios a tiempo parcial, según lo previsto en el anexo 1 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y los que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberán superar al menos 6 créditos en su primer año académico.
5.2.2. NORMAS DE PERMANENCIA:
Las normas de permanencia vigentes en la UCLM exigen que el alumnado de primer curso supere al menos una asignatura en las convocatorias oficiales de examen de un curso académico para poder proseguir los estudios en esa facultad. No obstante, previa autorización del Decano, podrá realizarse una nueva matriculación en el mismo Centro y los mismos estudios si se acredita la existencia de una causa justificada. Si en este segundo año tampoco aprobara ninguna asignatura, no podrá matricularse en ningún estudio universitario de la UCLM.
El alumnado que acceda al primer curso de una titulación a través de un traslado de expediente desde otra Universidad y se le convalide alguna asignatura de las que figuran en el Plan de Estudios para ese primer curso, podrá continuar en nuestra Universidad los mismos estudios que viniera realizando en su Universidad de procedencia. En este supuesto, aunque el/la estudiante no superara, en este primer año en nuestra Universidad, ninguna asignatura de aquellas en las que se hubiera matriculado, podrán, no obstante continuar sus estudios, puesto que en el primer curso de los mismos sí había superado, al menos, una asignatura.
Nota: El número de convocatorias por asignaturas a las que tienen derecho el alumnado se establece en un máximo de seis, entendiéndose automáticamente anulada si el/la estudiante no se presenta al examen final (Acuerdo de Junta de Gobierno de la UCLM de fecha 31/05/1988).
6. Resto de información necesaria para la expedición del Suplemento Europeo al título de acuerdo con la normativa vigente:
Rama de conocimiento: CIENCIAS
Naturaleza de la institución que proporciona el título: PÚBLICA
Centro propio de la UCLM: FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS (Ciudad Real)
Lenguas utilizadas en el proceso formativo: español e inglés.
Todos los créditos obtenidos por el/la estudiante, ya sean transferidos, reconocidos o superados para la obtención del título, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.