-
La empresa o institución que solicite la incorporación de alumnos en prácticas debe estar legalmente constituida. Para poder suscribir un Convenio de Cooperación Educativa, la empresa o institución deberá inscribirse a través de Internet en la aplicación web, apartado “empresas” UCLM - Prácticas y Empleo
El convenio es el documento 01, que se puede descargar en “documentos de gestión”: UCLM - Prácticas y Empleo
El documento deberá enviarse por email y con firma electrónica a: cipe@uclm.es
En el caso de no tener firma electrónica, deberán entregar dos originales (no pueden ser fotocopias ni escaneados) al coordinador/a, cumplimentados, firmados y sellados por la empresa.
- Hay que tener en cuenta que la aprobación del convenio tiene una vigencia de cuatro años por lo que, una vez finalizado ese plazo, la empresa deberá solicitar e nuevo la aprobación del convenio y volver a registrarse en la aplicación de “prácticas y empleo uclm
-
No se admitirán prácticas en empresas o instituciones con reclamaciones abiertas por falta de pago a los estudiantes o cualquier otro tipo de procedimientos que afecte al Convenio de Cooperación Educativa (documento 01) firmado entre las partes, hasta que éstas no hayan sido resueltas favorablemente.
Derechos
- La participación de la empresa o institución en un Programa de Cooperación Educativa no supondrá para la misma la adquisición de más compromisos que los estipulados en éste y en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral.
- La empresa o institución pública o privada podrá interrumpir la práctica por un motivo justificado, comunicándolo a la UCLM mediante el documento previsto para tal fin.
Obligaciones
Las empresas o instituciones tendrán las siguientes obligaciones:
- Garantizar la utilización de sus instalaciones y los recursos necesarios para la realización de las prácticas determinando el perfil y el número de estudiantes que puede atender en función de los recursos disponibles y de los objetivos perseguidos.
-
Garantizar la seguridad y salud de los estudiantes implicados en el programa de prácticas en los aspectos relacionados con las tareas objeto del mismo. También deberán incluir a los estudiantes en los programas de prevención de riesgos laborales de la empresa o institución.
-
La empresa o institución no podrá cubrir, ni siquiera con carácter eventual o interino, ningún puesto de trabajo con los alumnos mientras éstos estén realizando las referidas prácticas.
-
Nombrar tutores para los estudiantes en prácticas, cuyas funciones se detallan en el artículo
El tutor deberá ser un profesional de la plantilla de la empresa o institución, relacionado con las funciones que desempeñarán los estudiantes.
-
La empresa o institución a la finalización de las prácticas extracurriculares, expedirá un certificado al estudiante con mención expresa de la especialidad a la que ha estado orientada su formación, su duración y su rendimiento.
-
Garantizar la formación complementaria que precise el alumno para realizar la práctica. Dicha formación figurará en el proyecto formativo, previamente acordadas con la Universidad.
-
Cumplir las condiciones contenidas en la normativa y convenio regulador de las prácticas.
-
Facilitar al estudiante la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de las asignaturas en las que esté matriculado/a.
-
Abonar al estudiante, en caso de desplazamiento ocasionado por tareas derivadas de las prácticas fuera de la ubicación del lugar establecido en el Anexo al Convenio de Cooperación Eduactiva (documento 02), las dietas que, con carácter general, le abone a sus empleados.
-
Comunicar a la Universidad si la empresa o institución tiene intención de ofrecer al estudiante un contrato laboral una vez finalizado el período de prácticas. En el supuesto de que se formalizara el contrato con anterioridad a la finalización de las prácticas deberá ser comunicado al tutor académico.
- Facilitar al tutor académico el acceso a la empresa o institución para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Acciones de apoyo y mecenazgo
Con el fin de estimular y apoyar la inserción laboral de los universitarios, la empresa, entidad o institución podrá realizar una donación a la UCLM que será destinada a acciones para mejorar la empleabilidad de los estudiantes. Dicha cantidad se señalará en el Convenio de Cooperación Educativa.
Prácticas en Centros y Departamentos de la UCLM
Excepcionalmente se podrán ofertar prácticas en centros y departamentos de la UCLM, previa autorización del Vicerrectorado competente en materia de prácticas, siempre y cuando los contenidos de dichas prácticas aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados.